La Junta de Gobierno de la Hermandad Sacramental de Los Gitanos, dando cumplimiento a lo dispuesto en el Capítulo XXI de nuestras Reglas y teniendo en cuenta así mismo lo estipulado a tal efecto por las Normas Diocesanas para HH y CC -Archidiócesis de Sevilla- 15/08/2016 ha aprobado en el Cabildo de Convocatoria de Elecciones celebrado el pasado 28 de septiembre de 2021, convocar Cabildo de Elecciones para el domingo día 30 de enero de 2022 en las dependencias de la  Hermandad, sita en Plaza Señor de la Salud s/n de Sevilla.

El Cabildo de elecciones comenzará a las 12:00  horas y finalizará a las 20:00 horas del mencionado día.

Del mismo modo le informo que el censo electoral de hermanos con derecho a voto (…) “Será elector
todo aquel hermano que teniendo cumplidos los 18 años de edad, tenga como mínimo dos años de antigüedad continuada en la Hermandad.” (…) permanecerá expuesto para su conocimiento durante 30 días naturales en la Secretaría de la Hermandad, iniciándose dicho periodo el 6 de octubre de 2021 y finalizando el 4 de noviembre, ambos inclusive, y en horario de lunes a jueves de 18:00 a 21:00 horas, y viernes de 10:00 a 13:00 horas.


La consulta del censo será siempre personal y a tal fin los hermanos, previa identificación, podrán verificar tanto su inscripción misma, como que los datos necesarios para poder ejercer su derecho a voto estén debidamente anotados. ( … ) “nombre y apellidos, fecha de nacimiento, domicilio, fecha de alta en la hermandad y número del Documento Nacional de Identidad, o documento oficial equivalente, en el caso de extranjeros.” (…), pudiendo presentar, en su caso, las correspondientes reclamaciones o rectificaciones.

Comunicamos igualmente que los hermanos con derecho a voto, según lo estipulado por las Reglas, que no hayan comunicado el número del documento de identidad al que se refiere el anterior párrafo serán incluidos en el censo de electores, pudiendo ejercer presencialmente su derecho a voto con tal de que en el momento de emitirlo acrediten su identidad y presenten el citado documento, cuyo número deberá ser incorporado al censo de la hermandad.

Sin embargo, no podrán ejercer el voto por correo si dicho dato no figurara previamente en el censo ratificado por el Delegado Episcopal para los Asuntos Jurídicos de las Hermandades y Cofradías.

En cuanto a las candidaturas y cumpliendo lo que determinan nuestras Reglas en su Capítulo XXI, le expreso que el plazo de presentación de las mismas comenzará el día 30 de octubre de 2021 y finalizará el 30 de noviembre de 2021, dos meses antes de la celebración del Cabildo de Elecciones.

Quisiéramos informar igualmente de las condiciones y plazos que deberán te
ner en cuenta aquellos hermanos que opten por el voto por correo, modalidad que en estas elecciones se regulará por lo estipulado en las Normas diocesanas para HH y CC -Archidiócesis de Sevilla- 15/08/2016 16, (“…Las Reglas podrán reconocer la facultad de votar por carta a aquellos hermanos que, por enfermedad acreditada mediante Certificado Médico Oficial, o por tener su residencia fuera de la localidad, y así conste en el censo de la hermandad, quieran hacer uso de dicha facultad” (…). Debiendo tener en cuenta los hermanos que opten por esta modalidad que deberán solicitarlo por escrito a la Secretaría de la Hermandad, siendo el plazo final para la recepción de dichas solicitudes el jueves día 30 de diciembre de 2021.

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